Italia France Deutschland España United Kingdom California New York En comparación Cada problema, lado a lado Qué tan cerca están los sistemas
recursos comparativas
Código Civil / LIBRO CUARTO De las obligaciones y contratos / TÍTULO X Del préstamo / CAPÍTULO I Del comodato

Sección 1.ª De la naturaleza del comodato

2 artículos

  • Art. 1741 Propiedad del comodante y uso del comodatario El comodante conserva la propiedad de la cosa prestada; el comodatario solo tiene el uso, sin frutos. Si se paga algo, no es comodato sino otro contrato.
  • Art. 1742 Herencia del comodato: excepción personal Los derechos y obligaciones del comodato pasan a los herederos, salvo si fue personal, entonces los herederos del comodatario no pueden usar la cosa.
← Todos los artículos del Código Civil

Preferencias de cookies

Usamos cookies para mejorar tu experiencia.

Necesarias para que el sitio funcione correctamente.

Nos ayudan a entender cómo usas el sitio.

Se usan para mostrarte anuncios relevantes.