Sección 4.ª Disposiciones especiales para el arrendamiento d
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- Art. 1580 Reparaciones urbanas: costumbre o propietario Si no hay pacto, las reparaciones de predios urbanos se rigen por la costumbre del pueblo; en caso de duda, son por cuenta del propietario.
- Art. 1581 Duración del arrendamiento si no se fijó plazo Si no se fijó plazo, la duración del arrendamiento sigue el período del alquiler: anual, mensual o diario. Termina sin requerimiento al cumplirse el plazo.
- Art. 1582 Art. 1582: Muebles con arriendo de vivienda siguen plazo El art. 1582 CC establece que, si se alquila vivienda o local con muebles, el arriendo de estos dura lo mismo que el del inmueble.