Artículo 54 del Código Civil

Autorización de matrimonio secreto - Art. 54

El Art. 54 permite al Ministro de Justicia autorizar matrimonio secreto si hay causa grave suficientemente probada, con expediente reservado.

Texto oficial Artículo 54 del Código Civil — España

Cuando concurra causa grave suficientemente probada, el Ministro de Justicia podrá autorizar el matrimonio secreto. En este caso, el expediente se tramitará reservadamente, sin la publicación de edictos o proclamas. Se modifica por el art. 1 de la Ley 30/1981, de 7 de julio. Ref. BOE-A-1981-16216 .

Texto vigente a .

Fuente: Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (BOE) (boe.es), reproducido con licencia Reuse permitted including commercial, with attribution.

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Qué dice, en palabras claras

Este artículo regula una excepción al principio de publicidad del matrimonio. Cuando existe una causa grave que se ha probado de manera suficiente, el Ministro de Justicia puede autorizar que el matrimonio se celebre en secreto. En ese caso, el expediente previo se tramita de forma reservada, sin publicar edictos ni proclamas.

La modificación introducida por la Ley 30/1981 actualizó el texto original. La causa grave debe ser suficientemente probada; no basta con una simple alegación. El Ministro de Justicia es la autoridad competente para decidir.

El matrimonio secreto sigue siendo un matrimonio válido, pero su existencia se mantiene oculta mientras se mantenga el secreto. No obstante, la validez del matrimonio no se ve afectada por la falta de publicidad, como indica el artículo 53.

Cuándo se aplica

  • Una pareja que desea casarse sin que sus familias conflictivas lo sepan para evitar represalias.
  • Una persona famosa que quiere evitar la cobertura mediática de su boda.
  • Un testigo protegido que necesita casarse sin revelar su paradero.
  • Dos personas que trabajan en el mismo lugar y temen que su matrimonio afecte su empleo debido a políticas de la empresa.
  • Una pareja que ha tenido un hijo extramatrimonial y quiere ocultar el matrimonio para evitar el escándalo social.

Qué no dice este artículo

  • Pensar que el artículo 54 permite casarse sin necesidad de cumplir con los requisitos de capacidad del artículo 53.
  • Pensar que el matrimonio secreto puede celebrarse sin la intervención del Ministro de Justicia, por ejemplo, solo ante el juez.
  • Pensar que cualquier deseo de privacidad justifica automáticamente la autorización, sin necesidad de una causa grave probada.

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