Artículo 659 del Código Civil

Qué comprende la herencia de un difunto (Art. 659)

La herencia no solo incluye bienes y derechos de la persona fallecida, sino también sus deudas y obligaciones que no se extinguen con su fallecimiento.

Texto oficial Artículo 659 del Código Civil — España

La herencia comprende todos los bienes, derechos y obligaciones de una persona que no se extingan por su muerte.

Texto vigente a .

Fuente: Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (BOE) (boe.es), reproducido con licencia Reuse permitted including commercial, with attribution.

Leer este artículo en la fuente oficial →

Qué dice, en palabras claras

Este precepto define la composición global del patrimonio hereditario. Al fallecer una persona, la herencia no engloba únicamente las propiedades, el dinero o los vehículos que poseía, sino también los derechos pendientes de cobro y todas las obligaciones o deudas contractuales que hubiera asumido en vida.

Sin embargo, la ley aclara que no todo se transmite a los herederos. Quedan excluidos aquellos derechos y obligaciones de carácter estrictamente personal o que la ley extingue expresamente con la muerte, tales como el derecho a percibir una pensión pública, el uso de una vivienda por usufructo o la obligación de pagar alimentos.

Por tanto, la herencia funciona como un bloque patrimonial compuesto por activo y pasivo. Salvo que se acepte bajo mecanismos específicos previstos legalmente para limitar el pago de deudas, quien sucede al difunto asume la totalidad de sus compromisos económicos pendientes.

Cuándo se aplica

  • Un banco reclama a los herederos el pago del saldo pendiente de un préstamo personal contratado por el difunto.
  • Los herederos de un arrendador exigen al inquilino las rentas de alquiler que quedaron impagadas antes del fallecimiento.
  • Un acreedor exige el cumplimiento de un contrato de compraventa firmado por el difunto que quedó a medio ejecutar.
  • La adjudicación a los herederos de la titularidad de los saldos bancarios, inmuebles y vehículos propiedad del fallecido.

Qué no dice este artículo

  • La extincion del cobro de la pensión de jubilación tras la muerte del beneficiario.
  • El reparto de la indemnización de un seguro de vida fijado para un beneficiario concreto.
  • La determinación de las cuotas concretas de legítima que corresponden a cada heredero.

Esta es la ley. Resolvamos tu problema.

Cuenta qué está pasando. Un mediador neutral escucha tu versión y la de la otra parte, y os acompaña a un acuerdo escrito. En la configuración avanzada puedes pedir que la decisión se motive en el Código Civil español.

Esto es con

O bien abre directamente una sesión e invita a la otra parte.

Copiamos este texto de la fuente oficial y lo cotejamos con ella en cada carga de la página, pero no podemos garantizar que esté completo, actualizado ni libre de errores, y no asumimos responsabilidad alguna por su uso. Una modificación puede surtir efecto antes de que el texto consolidado la recoja. El texto del editor oficial está enlazado abajo; en caso de discrepancia, prevalece el oficial.

Esta página reproduce el texto del artículo 659 del Código Civil vigente en la fecha indicada y explica su contenido en términos generales. No es un dictamen jurídico y no tiene en cuenta las circunstancias de tu caso, que pueden cambiar por completo la respuesta. Para un conflicto en curso, para los plazos de prescripción y antes de cualquier actuación judicial, acude a un abogado.

← Todos los artículos del Código Civil