Artículo 72 del Código Civil

Artículo 72 suprimido del Código Civil

El artículo 72 del Código Civil fue suprimido por la Ley 30/1981, de 7 de julio. Actualmente no tiene vigencia ni regula ninguna situación jurídica.

Texto oficial Artículo 72 del Código Civil — España

(Suprimido) Se suprime por el art. 1 de la Ley 30/1981, de 7 de julio. Ref. BOE-A-1981-16216 . Se modifica por el art. 1 de la Ley de 24 de abril de 1958. Ref. BOE-A-1958-6677 .

Texto vigente a .

Fuente: Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (BOE) (boe.es), reproducido con licencia Reuse permitted including commercial, with attribution.

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Qué dice, en palabras claras

El artículo 72 del Código Civil fue suprimido por la Ley 30/1981, de 7 de julio. Ya no forma parte del ordenamiento jurídico.

No regula ninguna situación actual. Cualquier referencia a este artículo debe entenderse como histórica.

Cuándo se aplica

  • No se aplica a ningún caso actual.
  • No regula ninguna situación jurídica.
  • No tiene efectos en ninguna controversia presente.

Qué no dice este artículo

  • Pensar que el artículo 72 sigue en vigor.
  • Creer que establece una norma sobre representación entre cónyuges.
  • Suponer que regula formalidades del matrimonio.

Esta es la ley. Resolvamos tu problema.

Cuenta qué está pasando. Un mediador neutral escucha tu versión y la de la otra parte, y os acompaña a un acuerdo escrito. En la configuración avanzada puedes pedir que la decisión se motive en el Código Civil español.

Esto es con

O bien abre directamente una sesión e invita a la otra parte.

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