Italia France Deutschland España United Kingdom California New York En comparación Cada problema, lado a lado Qué tan cerca están los sistemas
recursos comparativas
Código Civil / LIBRO TERCERO De los diferentes modos de adquirir la propied / TÍTULO III De las sucesiones Disposiciones generales / CAPÍTULO I De los testamentos

Sección 1.ª De la capacidad para disponer por testamento

5 artículos

  • Art. 662 Capacidad general para hacer testamento Establece la regla general sobre la capacidad para testar: toda persona tiene derecho a otorgar testamento salvo que exista una prohibición legal expresa.
  • Art. 663 Incapacidad para testar por edad o voluntad No pueden testar los menores de catorce años ni quienes no puedan conformar o expresar su voluntad, ni aun con medios o apoyos (art. 663 CC).
  • Art. 664 Testamento anterior a enajenación mental El testamento otorgado antes de que el testador sufra enajenación mental es válido conforme al artículo 664 del Código Civil español.
  • Art. 665 Testamento de personas con discapacidad Una persona con discapacidad puede testar si el notario aprecia que comprende sus decisiones y le presta los apoyos y ajustes necesarios.
  • Art. 666 Capacidad del testador al tiempo del testamento Para apreciar la capacidad del testador, el artículo 666 del Código Civil señala que solo se considera su estado al momento de otorgar el testamento.
← Todos los artículos del Código Civil

Preferencias de cookies

Usamos cookies para mejorar tu experiencia.

Necesarias para que el sitio funcione correctamente.

Nos ayudan a entender cómo usas el sitio.

Se usan para mostrarte anuncios relevantes.