CAPÍTULO X De las medidas provisionales por demanda de nulid
5 artículos
- Art. 102 Efectos automáticos del divorcio o separación Al admitirse la demanda de nulidad, separación o divorcio, se extingue la presunción de convivencia y se revocan poderes y consentimientos entre cónyuges.
- Art. 103 Medidas judiciales al admitir demanda Medidas del juez al admitir demanda de separación o divorcio: custodia, visitas, uso vivienda, cargas, bienes, animales (Art. 103 CC)
- Art. 104 Medidas previas a la demanda matrimonial Permite solicitar medidas provisionales antes de demandar la nulidad, separación o divorcio. Caducan si no se presenta la demanda en treinta días.
- Art. 105 Salida del hogar conyugal por causa razonable El cónyuge que sale del hogar por causa razonable y presenta demanda en treinta días no incumple el deber de convivencia (Art. 105).
- Art. 106 Terminación de efectos y medidas del capítulo Art. 106: efectos y medidas del capítulo cesan sustituidos por sentencia o al finalizar el procedimiento. Revocación de consentimientos y poderes es definitiva.