Italia France Deutschland España United Kingdom California New York En comparación Cada problema, lado a lado Qué tan cerca están los sistemas
recursos comparativas
Código Civil / LIBRO TERCERO De los diferentes modos de adquirir la propied / TÍTULO III De las sucesiones Disposiciones generales / CAPÍTULO I De los testamentos

Sección 9.ª Del testamento hecho en país extranjero

5 artículos

  • Art. 732 Testamento en el extranjero y alta mar Art. 732 CC: españoles en el extranjero testan según ley local; en alta mar según ley del pabellón; ológrafo válido aunque prohibido allí.
  • Art. 733 Testamento mancomunado en extranjero inválido El art. 733 CC declara inválido en España el testamento mancomunado de un español otorgado en el extranjero, aunque lo autorice la ley extranjera.
  • Art. 734 Testamento español en el extranjero ante cónsul. Los españoles en el extranjero pueden otorgar testamento abierto o cerrado ante el cónsul o diplomático español con funciones notariales. Art. 734 CC.
  • Art. 735 Remisión de copia del testamento al Ministerio El agente diplomático o consular remite copia autorizada del testamento abierto o del acta del cerrado al Ministerio de Estado para su depósito.
  • Art. 736 Trámite del testamento en el extranjero Al fallecer un español que depositó su testamento ológrafo o cerrado ante un cónsul, este lo remite al Ministerio para publicar la noticia en la Gaceta.
← Todos los artículos del Código Civil

Preferencias de cookies

Usamos cookies para mejorar tu experiencia.

Necesarias para que el sitio funcione correctamente.

Nos ayudan a entender cómo usas el sitio.

Se usan para mostrarte anuncios relevantes.