Leyes penales, policía y seguridad pública - Art. 8
El Art. 8 del Código Civil español obliga a todas las personas en territorio español a cumplir las leyes penales, de policía y seguridad pública.
1. Las leyes penales, las de policía y las de seguridad pública obligan a todos los que se hallen en territorio español. Se deroga el apartado 2 por la disposición derogatoria única.2.1 de la Ley 1/2000, de 7 de enero. Ref. BOE-A-2000-323 . Se modifica por el Decreto 1836/1974, de 31 de mayo. Ref. BOE-A-1974-1083 .
Texto vigente a .
Fuente: Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (BOE) (boe.es), reproducido con licencia Reuse permitted including commercial, with attribution.
Qué dice, en palabras claras
Este artículo establece que las leyes penales, las de policía y las de seguridad pública son de obligado cumplimiento para cualquier persona que se encuentre en territorio español, ya sea nacional o extranjero. No importa la nacionalidad ni la residencia; el simple hecho de estar en España hace que estas leyes sean aplicables.
El artículo ha sido modificado por el Decreto 1836/1974 y su apartado 2 fue derogado por la Ley 1/2000. Esto significa que la redacción actual solo contiene el apartado 1 que se transcribe.
Cuándo se aplica
- Un turista que comete un delito en España es procesado según las leyes penales españolas.
- Un extranjero que conduce sin permiso en España es sancionado por la ley de policía de tráfico.
- Una persona sin residencia legal recibe una orden de evacuación por una emergencia pública y debe cumplirla.
- Un inmigrante indocumentado es detenido por la policía y sometido a las leyes de seguridad pública.
Qué no dice este artículo
- No regula la aplicación de leyes civiles o mercantiles a extranjeros (eso corresponde a otras normas del Código Civil).
- No establece excepciones para diplomáticos (eso lo regula el derecho internacional).
- No determina la responsabilidad penal de menores (eso lo regula la ley penal del menor).
- No se aplica a españoles en el extranjero (solo a quienes están en territorio español).
Esta es la ley. Resolvamos tu problema.
Cuenta qué está pasando. Un mediador neutral escucha tu versión y la de la otra parte, y os acompaña a un acuerdo escrito. En la configuración avanzada puedes pedir que la decisión se motive en el Código Civil español.
O bien abre directamente una sesión e invita a la otra parte.
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Esta página reproduce el texto del artículo 8 del Código Civil vigente en la fecha indicada y explica su contenido en términos generales. No es un dictamen jurídico y no tiene en cuenta las circunstancias de tu caso, que pueden cambiar por completo la respuesta. Para un conflicto en curso, para los plazos de prescripción y antes de cualquier actuación judicial, acude a un abogado.