Italia France Deutschland España United Kingdom California New York En comparación Cada problema, lado a lado Qué tan cerca están los sistemas
recursos comparativas
Código Civil / LIBRO CUARTO De las obligaciones y contratos / TÍTULO I De las obligaciones / CAPÍTULO III De las diversas especies de obligaciones

Sección 3.ª De las obligaciones alternativas

6 artículos

  • Art. 1131 Cumplir íntegra una prestación alternativa. Art. 1131: En obligaciones alternativas, el deudor debe cumplir una prestación entera. El acreedor no está obligado a recibir parte de una y parte de otra.
  • Art. 1132 Elección en obligaciones alternativas En obligaciones alternativas, la elección corresponde al deudor salvo pacto expreso. Quedan excluidas prestaciones imposibles, ilícitas o invalidadas.
  • Art. 1133 Notificación de la elección El Art. 1133 del Código Civil dispone que la elección entre varias prestaciones alternativas produce efectos desde que se notifica a la otra parte.
  • Art. 1134 Pérdida del derecho de elección del deudor Cuando en una obligación alternativa solo una prestación es realizable, el deudor pierde su derecho de elección (art. 1134).
  • Art. 1135 Daños por desaparición de cosas alternativas Indemnización por culpa del deudor cuando desaparecen todas las cosas alternativas o se hace imposible el cumplimiento. Base: última cosa o servicio.
  • Art. 1136 Elección del acreedor y pérdida de la cosa Establece las reglas de responsabilidad y elección del acreedor en obligaciones alternativas si las prestaciones se pierden por culpa o caso fortuito.
← Todos los artículos del Código Civil

Preferencias de cookies

Usamos cookies para mejorar tu experiencia.

Necesarias para que el sitio funcione correctamente.

Nos ayudan a entender cómo usas el sitio.

Se usan para mostrarte anuncios relevantes.