Ejemplo ilustrativo
Una heredera quiere aceptar la herencia de su padre pero sabe que dejó préstamos pendientes y no tiene claro si los bienes bastarán para cubrirlos. Le preocupa acabar respondiendo con sus propios ahorros.
El artículo 1023 limita la responsabilidad del heredero a los bienes de la herencia y evita que su patrimonio se confunda con el hereditario, pero no se obtiene por desearlo: hay que acogerse mediante declaración y formar inventario con los plazos y formalidades exigidos. El hecho decisivo es el cumplimiento de esos requisitos y la ausencia de ocultación de bienes, porque perder el beneficio devuelve al heredero al artículo 1003.
Acuerdan entre los herederos acudir juntos a formalizar la aceptación a beneficio de inventario dentro del plazo, con un inventario elaborado por un profesional cuyo coste se reparte por cuotas.