Artículo 1051 del Código Civil

Ningún coheredero obligado a indivisión | Art. 1051 CC

Ningún coheredero podrá ser obligado a permanecer en la indivisión de la herencia, salvo prohibición expresa del testador (art. 1051 CC).

Texto oficial Artículo 1051 del Código Civil — España

Ningún coheredero podrá ser obligado a permanecer en la indivisión de la herencia, a menos que el testador prohíba expresamente la división. Pero, aun cuando la prohíba, la división tendrá siempre lugar mediante alguna de las causas por las cuales se extingue la sociedad.

Texto vigente a .

Fuente: Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (BOE) (boe.es), reproducido con licencia Reuse permitted including commercial, with attribution.

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Qué dice, en palabras claras

La herencia aceptada por varios y no repartida es una comunidad, y este artículo garantiza la salida: ningún coheredero podrá ser obligado a permanecer en la indivisión de la herencia. Es el equivalente sucesorio del artículo 400, y responde al mismo principio: nadie queda atado a una copropiedad forzosa.

La excepción que el texto admite es una sola: que el testador prohíba expresamente la división. Pero incluso esa prohibición tiene un contrapeso que el propio artículo añade y que suele pasarse por alto: aun cuando la prohíba, la división tendrá siempre lugar mediante alguna de las causas por las cuales se extingue la sociedad. Es decir, la prohibición del testador no es absoluta ni perpetua.

Lo que este artículo concede es el derecho a pedir la partición; cómo se hace es otra cuestión y depende de si el testador la practicó, de si hay contador-partidor, y de si los coherederos alcanzan un acuerdo. Cuando no lo hay, la partición se practica judicialmente, y ese es un procedimiento largo y costoso que casi siempre sale peor que un acuerdo negociado, sobre todo entre hermanos. Antes de instar una división judicial conviene agotar la vía del acuerdo, y en cualquier caso plantearlo con un abogado.

Cuándo se aplica

  • Varios hermanos heredan y uno quiere repartir mientras los demás prefieren mantenerlo todo en común.
  • Un coheredero lleva años sin poder usar ni rentabilizar su parte de la herencia.
  • El testamento prohíbe dividir la herencia durante un tiempo y un heredero lo cuestiona.
  • La herencia consiste en un único inmueble que varios coherederos no logran repartir.
  • Uno de los coherederos viene usando en exclusiva un bien de la herencia indivisa.

Qué no dice este artículo

  • No dice cómo se reparte: fija el derecho a pedir la división, pero las operaciones particionales y su valoración se rigen por los artículos siguientes.
  • No permite al coheredero tomar bienes concretos por su cuenta: hasta la partición, la herencia pertenece en común a todos.
  • No convierte la prohibición del testador en indefinida: el propio texto salva las causas por las cuales se extingue la sociedad.
  • No resuelve el uso exclusivo de un bien hereditario mientras dura la indivisión, que se rige por las reglas de la comunidad de los artículos 392 y siguientes.

Casos de ejemplo

Situaciones inventadas, escritas para mostrar cómo opera la norma. No son casos reales, ni sentencias, ni precedentes: no dicen cómo acabaría el tuyo.

Ejemplo ilustrativo

Cuatro hermanos heredan una casa y varias cuentas. Dos quieren repartir ya, uno prefiere esperar y el cuarto ha empezado a usar la casa como si fuera suya, cambiando muebles y cerraduras.

Cómo se aplica la norma

El artículo 1051 garantiza que ningún coheredero puede ser obligado a permanecer en la indivisión, de modo que quien quiere repartir no depende de que los demás quieran. Y aclara para lo que ocurre mientras tanto: hasta la partición la herencia pertenece en común a todos, así que nadie puede tomar bienes concretos por su cuenta, y el uso de la casa se rige por las reglas de comunidad de los artículos 392 y siguientes. El hecho decisivo es esa distinción entre pedir la división y adelantarse a ella.

Cómo se acordaron las partes

Acuerdan nombrar un contador-partidor aceptado por los cuatro, devolver mientras tanto una copia de llaves a todos y no realizar cambios en la casa hasta que se apruebe el cuaderno particional.

Ejemplo ilustrativo

Un testamento prohíbe expresamente dividir la finca familiar, con la intención de que se mantenga unida en la familia. Uno de los coherederos necesita liquidez y quiere salir.

Cómo se aplica la norma

El artículo 1051 admite que el testador prohíba la división, pero añade de inmediato que, aun prohibida, la división tendrá siempre lugar por alguna de las causas por las que se extingue la sociedad. El hecho decisivo es, por tanto, si concurre alguna de esas causas, porque el precepto no convierte la prohibición en un vínculo perpetuo. Cómo se reparte después, y con qué valoraciones, lo determinan los artículos siguientes.

Cómo se acordaron las partes

Acuerdan que los demás coherederos compran su cuota a quien quiere salir por el valor de una tasación aceptada por todos, pagadera en cuatro anualidades, manteniéndose la finca sin dividir.

El mismo problema en otros países

Los demás ordenamientos de esta colección responden al mismo problema cotidiano con normas propias.

La comparación y estos resúmenes están en inglés.

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