Artículo 1264 del Código Civil

Prohibiciones legales y requisitos especiales - Art. 1264

El artículo 1264 aclara que la capacidad de los menores para contratar está sujeta a prohibiciones legales y requisitos especiales de capacidad.

Texto oficial Artículo 1264 del Código Civil — España

Lo previsto en el artículo anterior se entiende sin perjuicio de las prohibiciones legales o de los requisitos especiales de capacidad que las leyes puedan establecer. Se modifica por el art. 2.30 de la Ley 26/2015, de 28 de julio. Ref. BOE-A-2015-8470#asegundo .

Texto vigente a .

Fuente: Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (BOE) (boe.es), reproducido con licencia Reuse permitted including commercial, with attribution.

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Qué dice, en palabras claras

Este artículo aclara que la regla general sobre capacidad de los menores para contratar (artículo 1263) no excluye que otras leyes impongan prohibiciones o exijan requisitos especiales de capacidad. Por ejemplo, aunque un menor pueda celebrar ciertos contratos según el artículo anterior, si una ley específica prohíbe ese contrato para menores o exige una capacidad adicional, esa ley prevalece.

El texto actual del artículo 1264 fue modificado por el artículo 2.30 de la Ley 26/2015, de 28 de julio, según consta en el BOE con referencia BOE-A-2015-8470.

Cuándo se aplica

  • Un menor de edad quiere comprar una vivienda; aunque el artículo 1263 le permite ciertos contratos, puede necesitar autorización judicial o de sus padres según otras leyes.
  • Un menor quiere firmar un contrato de trabajo; las leyes laborales establecen edades mínimas y prohibiciones para determinados empleos.
  • Un menor solicita un préstamo personal; la legislación bancaria puede exigir capacidad plena o la intervención de un representante legal.
  • Un menor intenta emitir una letra de cambio; la ley cambiaria requiere capacidad especial que el menor no tiene.
  • Un menor quiere vender un inmueble heredado; necesita autorización de los padres o del juez, no basta con la capacidad general del artículo 1263.

Qué no dice este artículo

  • Algunos creen que este artículo anula la capacidad de los menores para contratar, pero solo la sujeta a otras normas.
  • Se piensa a veces que contiene una lista de prohibiciones concretas; en realidad remite a lo dispuesto en otras leyes.
  • Hay quien espera aquí las reglas sobre nulidad por falta de capacidad, que se tratan en los artículos 1265 y siguientes.
  • Podría pensarse que deroga el artículo 1263, pero solo lo condiciona sin eliminarlo.

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