Artículo 1263 del Código Civil

Menores no emancipados pueden contratar (Art. 1263)

Art. 1263: menores no emancipados pueden contratar bienes y servicios de vida corriente según edad y usos sociales, y otros permitidos por ley con asistencia.

Texto oficial Artículo 1263 del Código Civil — España

Los menores de edad no emancipados podrán celebrar aquellos contratos que las leyes les permitan realizar por sí mismos o con asistencia de sus representantes y los relativos a bienes y servicios de la vida corriente propios de su edad de conformidad con los usos sociales. Se modifica, con efectos de 3 de septiembre de 2021, por el art. 2.48 de la Ley 8/2021, de 2 de junio. Ref. BOE-A-2021-9233#as Se modifica por el art. 2.29 de la Ley 26/2015, de 28 de julio. Ref. BOE-A-2015-8470#asegundo . Se modifica el punto 2 por la disposición final 18.2 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero. Ref. BOE-A-1996-1069 . Se modifica por el art. 2 de la Ley 14/1975, de 2 de mayo. Ref. BOE-A-1975-9245 .

Texto vigente a .

Fuente: Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (BOE) (boe.es), reproducido con licencia Reuse permitted including commercial, with attribution.

Leer este artículo en la fuente oficial →

Qué dice, en palabras claras

El artículo 1263 del Código Civil regula la capacidad de los menores de edad no emancipados para celebrar contratos. Permite dos tipos: los que otras leyes autoricen, ya sea por sí mismos o con asistencia de sus representantes legales, y los contratos sobre bienes y servicios de la vida corriente que sean propios de su edad, según los usos sociales.

El segundo supuesto cubre actos cotidianos como comprar comida, material escolar, billetes de transporte o suscripciones a servicios habituales para su edad. La expresión "usos sociales" hace referencia a lo que normalmente se considera adecuado y corriente en el entorno del menor.

Este artículo ha sido modificado en varias ocasiones; la versión actual está en vigor desde el 3 de septiembre de 2021, tras la Ley 8/2021.

Cuándo se aplica

  • Comprar una barra de pan en la panadería.
  • Adquirir un abono de transporte mensual para ir al colegio.
  • Alquilar una película en una plataforma digital (según los usos sociales de su entorno).
  • Comprar un videojuego con su paga semanal.

Qué no dice este artículo

  • La compra de un automóvil por un menor no emancipado.
  • La firma de un contrato de arrendamiento de vivienda.
  • La apertura de una cuenta bancaria sin la intervención de sus representantes legales.
  • La celebración de un contrato de trabajo (regulado por el Estatuto de los Trabajadores).

Esta es la ley. Resolvamos tu problema.

Cuenta qué está pasando. Un mediador neutral escucha tu versión y la de la otra parte, y os acompaña a un acuerdo escrito. En la configuración avanzada puedes pedir que la decisión se motive en el Código Civil español.

Esto es con

O bien abre directamente una sesión e invita a la otra parte.

Copiamos este texto de la fuente oficial y lo cotejamos con ella en cada carga de la página, pero no podemos garantizar que esté completo, actualizado ni libre de errores, y no asumimos responsabilidad alguna por su uso. Una modificación puede surtir efecto antes de que el texto consolidado la recoja. El texto del editor oficial está enlazado abajo; en caso de discrepancia, prevalece el oficial.

Esta página reproduce el texto del artículo 1263 del Código Civil vigente en la fecha indicada y explica su contenido en términos generales. No es un dictamen jurídico y no tiene en cuenta las circunstancias de tu caso, que pueden cambiar por completo la respuesta. Para un conflicto en curso, para los plazos de prescripción y antes de cualquier actuación judicial, acude a un abogado.

← Todos los artículos del Código Civil