La separación de bienes no se altera. Art. 1443
La separación de bienes decretada en caso de separación personal no se modifica ni por la reconciliación ni por la desaparición de las causas que la motivaron.
La separación de bienes decretada no se alterará por la reconciliación de los cónyuges en caso de separación personal o por la desaparición de cualquiera de las demás causas que la hubiesen motivado. Se modifica por el art. 3 de la Ley 11/1981, de 13 de mayo. Ref. BOE-A-1981-11198 . Se modifica por el art. 2 de la Ley 14/1975, de 2 de mayo. Ref. BOE-A-1975-9245 .
Texto vigente a .
Fuente: Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (BOE) (boe.es), reproducido con licencia Reuse permitted including commercial, with attribution.
Qué dice, en palabras claras
Este artículo establece que una vez que un juez ha decretado la separación de bienes (por ejemplo, en un procedimiento de separación personal), esa separación no se modifica aunque los cónyuges se reconcilien o desaparezca la causa que la motivó (como una mala administración o un concurso).
La regla solo afecta a la separación de bienes decretada judicialmente, no a la pactada voluntariamente en capitulaciones matrimoniales. Para cambiar el régimen económico tras una reconciliación, los cónyuges deberían otorgar nuevas capitulaciones.
Cuándo se aplica
- Una pareja obtiene una sentencia de separación personal con separación de bienes; se reconcilian y vuelven a vivir juntos, pero la separación de bienes sigue vigente.
- Un juez decreta la separación de bienes porque uno de los cónyuges estaba en concurso; el concurso finaliza, pero la separación de bienes no se revoca automáticamente.
- Tras una reconciliación, los cónyuges intentan liquidar bienes como si nunca hubieran estado separados, pero el artículo 1443 impide que la reconciliación modifique el régimen.
- Una pareja en separación personal se reconcilia y quieren volver al régimen de gananciales; el artículo 1443 les impide hacerlo sin nuevas capitulaciones.
Qué no dice este artículo
- Algunos creen que la reconciliación revoca automáticamente la separación de bienes decretada, pero no es así.
- Tampoco cubre la separación de bienes pactada en capitulaciones matrimoniales; esa puede modificarse por acuerdo de los cónyuges.
- No regula los efectos de la reconciliación en otros aspectos del matrimonio, como la pensión alimenticia o la custodia.
Esta es la ley. Resolvamos tu problema.
Cuenta qué está pasando. Un mediador neutral escucha tu versión y la de la otra parte, y os acompaña a un acuerdo escrito. En la configuración avanzada puedes pedir que la decisión se motive en el Código Civil español.
O bien abre directamente una sesión e invita a la otra parte.
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