Artículo 1598 del Código Civil

Aprobación de la obra y juicio pericial. Art. 1598

Si la obra se pacta a satisfacción del propietario y no hay acuerdo, la aprobación depende de un perito. Si decide un tercero, se acata su criterio.

Texto oficial Artículo 1598 del Código Civil — España

Cuando se conviniere que la obra se ha de hacer a satisfacción del propietario, se entiende reservada la aprobación, a falta de conformidad, al juicio pericial correspondiente. Si la persona que ha de aprobar la obra es un tercero, se estará a lo que éste decida.

Texto vigente a .

Fuente: Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (BOE) (boe.es), reproducido con licencia Reuse permitted including commercial, with attribution.

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Qué dice, en palabras claras

Si en un contrato se acuerda que la obra debe realizarse a satisfacción del propietario, esto no significa que el dueño pueda rechazar el trabajo de manera arbitraria o según su mero capricho.

A falta de conformidad entre las partes sobre la ejecución del trabajo, la aprobación no queda condicionada a la voluntad del dueño, sino que se somete al dictamen de un perito especializado en la materia.

Cuando las partes hayan pactado expresamente que sea una tercera persona quien evalúe y dé el visto bueno al trabajo, ambos deberán atenerse a la decisión que esta determine.

Cuándo se aplica

  • Un cliente se niega a pagar la reforma de su cocina alegando que no le gusta el acabado final, aunque la obra cumple lo pactado.
  • El dueño de un inmueble rechaza la pintura de la fachada porque no satisface su gusto personal tras convenir que el trabajo debía ser a su satisfacción.
  • Una empresa encarga una edificación y acuerda que la validación del trabajo la realice un técnico o profesional independiente.

Qué no dice este artículo

  • El desistimiento unilateral de la obra por la sola voluntad del dueño.
  • La responsabilidad del contratista por vicios de construcción o ruina del edificio.
  • El momento y la forma de pago del precio cuando no existen discrepancias técnicas sobre la obra.

Esta es la ley. Resolvamos tu problema.

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Esto es con

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