Depósito es gratuito salvo pacto – Art. 1760
El artículo 1760 establece que el depósito se presume gratuito, pero las partes pueden pactar una retribución. Es la regla general del contrato de depósito.
El depósito es un contrato gratuito, salvo pacto en contrario.
Texto vigente a .
Fuente: Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (BOE) (boe.es), reproducido con licencia Reuse permitted including commercial, with attribution.
Qué dice, en palabras claras
El artículo 1760 del Código Civil dice que el depósito es un contrato gratuito, a menos que las partes acuerden lo contrario. Esto significa que, por defecto, el depositario no tiene derecho a cobrar por guardar la cosa. Si alguien te deja un objeto y no se habla de pago, la ley entiende que es un favor.
La regla es flexible: si tú y la otra persona pactan una remuneración, el depósito deja de ser gratuito. Ese pacto puede ser expreso (por escrito o de palabra) o tácito (por ejemplo, si se paga una tarifa habitual). Lo importante es que, sin acuerdo, el depósito no genera obligación de pagar.
Cuándo se aplica
- Dejo mis llaves a un vecino para que cuide mi casa mientras viajo, sin pagarle nada.
- Alquilo una taquilla en un gimnasio y pago una cuota mensual por el depósito de mis objetos.
- Entrego mi coche a un amigo para que lo guarde en su garaje de forma gratuita.
- Contrato un servicio de guardamuebles y pago una tarifa acordada por el almacenamiento.
- Un hotel guarda mi equipaje sin coste adicional, pero si hay tarifa se aplica el pacto.
Qué no dice este artículo
- Que el depósito siempre es oneroso (no lo es, salvo pacto).
- Que el depositario tiene derecho a cobrar aunque no se haya pactado nada (no, es gratuito por defecto).
- Que si no se pacta precio, el depósito es nulo (es válido y gratuito).
- Que el depósito gratuito exime al depositario de toda responsabilidad (la responsabilidad se regula en otros artículos, como el 1766).
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