Reducción de donaciones por fecha | Art. 656
Si varias donaciones superan la parte libre de la herencia, se reducen o anulan primero las más recientes según su fecha hasta ajustar el límite.
Si, siendo dos o más las donaciones, no cupieren todas en la parte disponible, se suprimirán o reducirán en cuanto al exceso las de fecha más reciente.
Texto vigente a .
Fuente: Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (BOE) (boe.es), reproducido con licencia Reuse permitted including commercial, with attribution.
Qué dice, en palabras claras
Cuando una persona realiza varias donaciones en vida y, tras su fallecimiento, se comprueba que la suma de todas ellas supera la porción de la herencia que la ley permite disponer libremente, las donaciones se consideran inoficiosas y deben reducirse para proteger la legítima de los herederos.
Para determinar qué donaciones sufren el recorte y en qué orden, la ley impone un criterio puramente cronológico. Se suprimen o reducen en primer lugar las donaciones otorgadas en fechas más recientes, manteniendo intactas las más antiguas en la medida de lo posible.
Si la anulación o reducción de la donación más reciente no resulta suficiente para cubrir el exceso sobre la parte disponible, se procede sucesivamente a reducir la donación anterior en el tiempo, continuando en orden inverso a su fecha de otorgamiento.
Cuándo se aplica
- Un padre regaló un piso a su hijo menor hace años y una finca a un amigo un mes antes de morir, resultando que ambas donaciones juntas perjudican la legítima.
- Una persona donó dinero a dos sobrinos en distintas fechas y, al fallecer, el importe acumulado excede la parte de libre disposición de su herencia.
- Un testador entregó varios inmuebles a diferentes familiares en vida y la suma de sus valores supera el margen disponible para donaciones voluntarias.
Qué no dice este artículo
- Determinar si una donación realizada a un heredero debe descontarse de su cuota por colación hereditaria.
- El orden de reducción de los legados dispuestos dentro de un testamento.
- La revocación de donaciones por ingratitud o por supervivencia de hijos.
Esta es la ley. Resolvamos tu problema.
Cuenta qué está pasando. Un mediador neutral escucha tu versión y la de la otra parte, y os acompaña a un acuerdo escrito. En la configuración avanzada puedes pedir que la decisión se motive en el Código Civil español.
O bien abre directamente una sesión e invita a la otra parte.
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