Artículo 883 del Código Civil

Entrega de cosa legada con accesorios y estado. Art. 883

El legatario recibe la cosa legada con sus accesorios y en el estado en que se hallaba al morir el testador, según el Art. 883.

Texto oficial Artículo 883 del Código Civil — España

La cosa legada deberá ser entregada con todos sus accesorios y en el estado en que se halle al morir el testador.

Texto vigente a .

Fuente: Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (BOE) (boe.es), reproducido con licencia Reuse permitted including commercial, with attribution.

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Qué dice, en palabras claras

Este artículo establece que el heredero debe entregar al legatario la cosa específica que el testador le dejó, tal como se encontraba en el momento del fallecimiento, incluyendo todos sus accesorios. No puede entregar otra cosa similar, ni la misma después de repararla o modificarla, a menos que el legatario acepte. La obligación es de dar la cosa concreta y en el estado físico que tenía al morir el testador, sin mejoras ni deterioros posteriores.

El término "accesorios" se refiere a los objetos que forman parte de la cosa principal o que están destinados a su uso o conservación, como las llaves de un coche, los estuches de una joya, o los muebles de una vivienda legada amueblada. El legatario adquiere el derecho a la cosa desde la muerte del testador (art. 881), pero no puede tomarla por su cuenta (art. 885); debe pedir la entrega al heredero.

Cuándo se aplica

  • El testador lega su coche clásico; el heredero debe entregarlo con las herramientas y la radio que tenía al fallecer.
  • Un testador lega un cuadro que estaba en su casa; el heredero no puede entregar otro cuadro similar ni el mismo después de restaurarlo.
  • Se lega una vivienda amueblada; el heredero debe entregar los muebles que había en ella al momento de la muerte.
  • El testador lega una colección de monedas; el heredero debe entregar las monedas exactas con sus estuches, no otras.
  • Un testador lega un animal de compañía; el heredero debe entregarlo vivo y en el estado de salud en que se encontraba al morir el testador, junto con su collar y otros accesorios.

Qué no dice este artículo

  • No cubre el legado de cosa genérica (como "un coche" sin especificar) – eso se rige por el artículo 875.
  • No cubre la elección entre varias cosas en un legado alternativo – artículo 874.
  • No cubre la imputación de legados a deudas – artículo 873.
  • No cubre la pérdida o deterioro de la cosa después de la muerte del testador – eso depende de los artículos 882 y siguientes.

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