Artículo 1018 del Código Civil

Aceptación pura y simple por negligencia. Art. 1018

Si el heredero no empieza o no termina el inventario en plazo por su culpa o negligencia, se entiende que acepta la herencia de forma pura y simple.

Texto oficial Artículo 1018 del Código Civil — España

Si por culpa o negligencia del heredero no se principiare o no se concluyere el inventario en los plazos y con las solemnidades prescritas en los artículos anteriores, se entenderá que acepta la herencia pura y simplemente.

Texto vigente a .

Fuente: Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (BOE) (boe.es), reproducido con licencia Reuse permitted including commercial, with attribution.

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Qué dice, en palabras claras

Este precepto sanciona al heredero que pretende acogerse al beneficio de inventario pero incurre en culpa o negligencia al no comenzar o no concluir la lista detallada de bienes y deudas en los plazos legales o con las formalidades exigidas.

Al perder dicha protección, la ley considera que el llamado a la herencia la acepta de manera pura y simple. Esto implica responder de todas las deudas y cargas de la herencia, incluso con su propio patrimonio personal.

Cuándo se aplica

  • Un heredero solicita el beneficio de inventario pero deja pasar los plazos sin iniciar la tramitación por descuido.
  • Un llamado a la herencia comienza el inventario pero abandona la aportación de datos esenciales antes de finalizarlo.
  • Un heredero retrasa de forma negligente la entrega de la documentación necesaria para concluir la lista de bienes y deudas.

Qué no dice este artículo

  • La pérdida del beneficio de inventario por ocultar intencionadamente bienes o inventar deudas inexistentes.
  • El retraso en el inventario provocado por causas de fuerza mayor totalmente ajenas a la culpa del heredero.
  • La forma y requisitos concretos para citar a los acreedores e iniciar formalmente el procedimiento.

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