Evitar la nueva partición indemnizando el daño - Art. 1077
El heredero demandado por rescisión de la partición puede optar entre indemnizar el daño (en dinero o con el bien) o consentir una nueva partición.
El heredero demandado podrá optar entre indemnizar el daño o consentir que se proceda a nueva partición. La indemnización puede hacerse en numerario o en la misma cosa en que resultó el perjuicio. Si se procede a nueva partición, no alcanzará ésta a los que no hayan sido perjudicados ni percibido más de lo justo.
Texto vigente a .
Fuente: Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (BOE) (boe.es), reproducido con licencia Reuse permitted including commercial, with attribution.
Qué dice, en palabras claras
Cuando un heredero impugna la división de la herencia por haber sufrido un perjuicio económico, el heredero demandado no está obligado a rehacer todo el reparto. Este precepto le otorga la facultad de elegir cómo subsanar el desequilibrio.
El demandado puede decidir entre pagar una indemnización o aceptar que se efectúe una nueva partición. Si opta por indemnizar, puede abonar el importe en dinero en efectivo o entregar la misma cosa que provocó el perjuicio.
Si se procede a realizar un nuevo reparto, este no es general. La operación no afectará a los coherederos que no hayan sido perjudicados ni hayan recibido más de la cuota justa que les correspondía.
Cuándo se aplica
- Un heredero demandado por haberse quedado con un inmueble infravalorado elige pagar en metálico la diferencia económica al perjudicado.
- Un coheredero demandado prefiere entregar el bien que causó el desequilibrio para ser repartido de nuevo en lugar de abonar dinero.
- La realización de un nuevo reparto hereditario que deja intacta la adjudicación del heredero que percibió estrictamente lo justo.
Qué no dice este artículo
- El plazo de prescripción para interponer la acción de rescisión por lesión.
- La solución ante la omisión involuntaria de algunos objetos o bienes en el inventario.
- La impugnación de la partición cuando esta fue realizada directamente por el testador.
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