Artículo 1287 del Código Civil

Interpretación según uso o costumbre del país - Art. 1287

El art. 1287 CC permite usar el uso o costumbre del país para interpretar ambigüedades contractuales y suplir cláusulas omitidas que son habituales.

Texto oficial Artículo 1287 del Código Civil — España

El uso o la costumbre del país se tendrán en cuenta para interpretar las ambigüedades de los contratos, supliendo en éstos la omisión de cláusulas que de ordinario suelen establecerse.

Texto vigente a .

Fuente: Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (BOE) (boe.es), reproducido con licencia Reuse permitted including commercial, with attribution.

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Qué dice, en palabras claras

Este artículo dice que, cuando un contrato tiene términos ambiguos, se debe recurrir al uso o costumbre del lugar para aclararlos. También permite llenar los vacíos cuando el contrato omita cláusulas que normalmente se incluyen en contratos de ese tipo.

La costumbre a la que se refiere es la práctica generalizada y constante en el país, no una costumbre particular de una región o de un sector, aunque el texto no define más ese concepto. Es una de las reglas de interpretación contractual del Código Civil, junto con las que dan prioridad a la intención común de las partes y a la claridad de los términos.

Cuándo se aplica

  • Un contrato de arrendamiento no dice quién paga las reparaciones menores, pero en el país es costumbre que las pague el inquilino.
  • Un contrato de compraventa usa la palabra 'entrega' sin fijar plazo, y la costumbre local establece un plazo de siete días.
  • Un contrato de servicios no tiene cláusula de preaviso, pero en el sector es habitual avisar con quince días de antelación.
  • En un contrato de obra se mencionan 'materiales de primera calidad', expresión ambigua que el uso del lugar define como ciertos estándares.

Qué no dice este artículo

  • No permite que la costumbre prevalezca sobre términos claros del contrato (eso lo regula el artículo 1281).
  • No sirve para crear obligaciones que no sean habituales en la práctica ordinaria de ese tipo de contratos.
  • No se aplica a la interpretación de leyes o de actos no contractuales.
  • No puede invocarse una costumbre que no sea conocida y aceptada generalmente en el país.

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