Interpretación de cláusulas oscuras (Art. 1288)
Art. 1288 Código Civil: regla de interpretación contractual que prohíbe favorecer a la parte que causó la oscuridad en las cláusulas.
La interpretación de las cláusulas oscuras de un contrato no deberá favorecer a la parte que hubiese ocasionado la oscuridad.
Texto vigente a .
Fuente: Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (BOE) (boe.es), reproducido con licencia Reuse permitted including commercial, with attribution.
Qué dice, en palabras claras
Este artículo forma parte de las reglas de interpretación contractual del Código Civil. Establece que cuando una cláusula de un contrato sea oscura (ambigua o poco clara), el intérprete no debe favorecer a la parte que ocasionó esa oscuridad. En otras palabras, quien redactó o provocó la ambigüedad no puede beneficiarse de ella al interpretarse el contrato.
La regla se aplica a cualquier contrato, ya sea escrito u oral, siempre que exista una cláusula dudosa. No se refiere a la validez del contrato, sino a cómo debe entenderse esa cláusula.
Cuándo se aplica
- Una empresa redacta un contrato de suministro con una cláusula ambigua sobre el precio de revisión anual. Al surgir una disputa, la empresa intenta que se interprete a su favor; el artículo impide esa interpretación.
- Un arrendador incluye una cláusula confusa sobre la distribución de gastos de comunidad en un contrato de alquiler. El inquilino pide una interpretación que le sea favorable; el artículo no permite que el arrendador se aproveche de su propia redacción defectuosa.
- En un contrato de compraventa, el vendedor incorpora una condición poco clara sobre los plazos de garantía. Cuando el comprador reclama, el vendedor alega una interpretación restrictiva; el artículo prohíbe favorecer al vendedor por la oscuridad que él mismo creó.
- Dos particulares firman un contrato de servicios redactado por una de las partes. Una cláusula sobre la forma de pago es ambigua. El redactor pretende que se interprete de la manera que le da ventaja; el artículo lo veta.
Qué no dice este artículo
- No determina qué parte tiene la razón en una disputa sobre hechos, solo guía la interpretación de cláusulas oscuras.
- No se aplica si el contrato es claro y no hay ambigüedad; en ese caso se aplica la regla de los términos claros (art. 1281).
- No declara nula la cláusula oscura; solo influye en su interpretación.
- No protege a la parte que no causó la oscuridad si esa parte también se beneficia de la interpretación; el artículo solo prohíbe favorecer al causante.
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