Reparaciones urgentes en arrendamiento - Art. 1558
El arrendatario debe tolerar reparaciones urgentes. Si duran más de 40 días, se reduce el alquiler. Si la vivienda queda inhabitable, puede rescindir. Art. 1558
Si durante el arrendamiento es necesario hacer alguna reparación urgente en la cosa arrendada que no pueda diferirse hasta la conclusión del arriendo, tiene el arrendatario obligación de tolerar la obra, aunque le sea muy molesta, y aunque durante ella se vea privado de una parte de la finca. Si la reparación dura más de cuarenta días, debe disminuirse el precio del arriendo a proporción del tiempo y de la parte de la finca de que el arrendatario se vea privado. Si la obra es de tal naturaleza que hace inhabitable la parte que el arrendatario y su familia necesitan para su habitación, puede éste rescindir el contrato.
Texto vigente a .
Fuente: Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (BOE) (boe.es), reproducido con licencia Reuse permitted including commercial, with attribution.
Qué dice, en palabras claras
Este artículo obliga al inquilino a permitir que el dueño haga reparaciones urgentes en la vivienda, aunque sean muy molestas o le obliguen a dejar parte de ella temporalmente. La urgencia se refiere a arreglos que no pueden esperar hasta que termine el contrato.
Si la reparación dura más de cuarenta días, el inquilino tiene derecho a que el precio del alquiler se reduzca en proporción al tiempo que dure la obra y a la parte de la vivienda de la que no pueda disfrutar.
Si la obra es tan grave que la parte de la vivienda que el inquilino y su familia necesitan para vivir queda inhabitable, el inquilino puede rescindir el contrato de arrendamiento.
Cuándo se aplica
- Una fuga de agua en la tubería de la cocina obliga a romper el azulejo y el inquilino debe dejar de usar la cocina durante semanas.
- El arrendador necesita reparar el tejado por goteras que afectan al dormitorio, y el inquilino debe tolerar el ruido y el polvo.
- Una avería en la caldera central requiere cortar el gas y hacer obras en el cuarto de contadores situado dentro del piso arrendado.
- Una fuga de gas en la tubería general que pasa por el pasillo obliga a abrir la pared, dejando al inquilino sin acceso a una habitación.
- Una grieta en un muro de carga requiere apuntalamiento y obras que impiden usar el salón durante más de cuarenta días.
Qué no dice este artículo
- No regula las reparaciones ordinarias de mantenimiento (pintar, arreglar electrodomésticos) que corresponden al arrendador según el artículo 1554.
- No cubre las reparaciones causadas por el propio inquilino o por sus familiares; el arrendatario responde del deterioro según los artículos 1563 y 1564.
- No permite al inquilino negarse a la obra por el simple hecho de ser molesta; solo si la vivienda queda inhabitable puede rescindir el contrato.
- No establece un plazo máximo para que el arrendador realice la reparación; solo fija la consecuencia de que dure más de 40 días.
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