Artículo 1670 del Código Civil

Sociedades civiles – formas mercantiles – Art. 1670

Las sociedades civiles pueden adoptar formas del Código de Comercio; se aplican normas mercantiles si no contradicen el Código Civil. Art. 1670.

Texto oficial Artículo 1670 del Código Civil — España

Las sociedades civiles, por el objeto a que se consagren, pueden revestir todas las formas reconocidas por el Código de Comercio. En tal caso, les serán aplicables sus disposiciones en cuanto no se opongan a las del presente Código.

Texto vigente a .

Fuente: Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (BOE) (boe.es), reproducido con licencia Reuse permitted including commercial, with attribution.

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Qué dice, en palabras claras

El artículo 1670 permite que una sociedad civil (un contrato en el que varias personas se obligan a poner en común dinero, bienes o trabajo para un fin común) adopte la forma jurídica de una sociedad mercantil reconocida por el Código de Comercio —por ejemplo, una sociedad anónima, limitada o colectiva— siempre que el objeto de la sociedad sea compatible con esa forma.

Si la sociedad civil opta por esa forma, deja de regirse únicamente por las normas del Código Civil y pasa a aplicarse también el Código de Comercio. Pero las reglas mercantiles solo valen en lo que no contradigan las del Código Civil. Por ejemplo, si el Código Civil exige escritura pública para aportar inmuebles (art. 1668), esa exigencia sigue siendo válida aunque la forma adoptada sea mercantil.

Cuándo se aplica

  • Un grupo de médicos que forman una sociedad civil para gestionar una clínica privada y la inscriben como sociedad de responsabilidad limitada.
  • Dos ingenieros que constituyen una sociedad civil para un proyecto de construcción y la registran como sociedad anónima.
  • Una sociedad civil dedicada a la compraventa de productos agrícolas que adopta la forma de sociedad colectiva mercantil.
  • Un bufete de abogados que opera como sociedad civil y decide tributar como sociedad mercantil adoptando la forma de sociedad limitada profesional.

Qué no dice este artículo

  • El artículo no regula la aportación de bienes inmuebles a la sociedad; eso lo hace el art. 1668, que exige escritura pública.
  • No determina si una sociedad civil secreta (art. 1669) pierde su personalidad jurídica por adoptar una forma mercantil; el art. 1669 sigue aplicándose.
  • No convierte automáticamente a la sociedad civil en una sociedad mercantil; solo permite usar su forma externa, manteniendo su naturaleza civil si no hay contradicción.

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