Definición del contrato de mandato – Art. 1709
El artículo 1709 del Código Civil define el contrato de mandato: una persona se obliga a prestar un servicio o hacer algo por cuenta o encargo de otra.
Por el contrato de mandato se obliga una persona a prestar algún servicio o hacer alguna cosa, por cuenta o encargo de otra.
Texto vigente a .
Fuente: Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (BOE) (boe.es), reproducido con licencia Reuse permitted including commercial, with attribution.
Qué dice, en palabras claras
Este artículo establece qué es un contrato de mandato. En él, una persona (el mandatario) se compromete a realizar un servicio o una tarea por orden o por cuenta de otra (el mandante).
El mandato puede ser gratuito o remunerado, expreso o tácito, general o especial, según otros artículos del Código. La definición sirve de base para los derechos y obligaciones que luego desarrollan los artículos siguientes.
Lo que importa es que el mandatario actúa en interés y siguiendo las instrucciones del mandante, y que el servicio o la cosa que hace es por encargo de este último.
Cuándo se aplica
- Pedir a un amigo que recoja un paquete en tu nombre en la oficina de correos.
- Encargar a un vecino que firme un contrato de alquiler por ti porque estás de viaje.
- Dar un poder a un abogado para que te represente en un juicio.
- Solicitar a un familiar que venda tu coche usado y te entregue el dinero.
- Contratar a un agente inmobiliario para que busque un piso y negocie el precio por ti.
Qué no dice este artículo
- No regula si el mandato debe constar por escrito o puede ser verbal (se trata en el artículo 1710).
- No determina si el mandatario tiene derecho a cobrar por sus servicios (lo hace el artículo 1711).
- No establece los límites del mandato ni qué actos puede realizar el mandatario (artículos 1712 a 1714).
Artículos relacionados
Esta es la ley. Resolvamos tu problema.
Cuenta qué está pasando. Un mediador neutral escucha tu versión y la de la otra parte, y os acompaña a un acuerdo escrito. En la configuración avanzada puedes pedir que la decisión se motive en el Código Civil español.
O bien abre directamente una sesión e invita a la otra parte.
Copiamos este texto de la fuente oficial y lo cotejamos con ella en cada carga de la página, pero no podemos garantizar que esté completo, actualizado ni libre de errores, y no asumimos responsabilidad alguna por su uso. Una modificación puede surtir efecto antes de que el texto consolidado la recoja. El texto del editor oficial está enlazado abajo; en caso de discrepancia, prevalece el oficial.
Esta página reproduce el texto del artículo 1709 del Código Civil vigente en la fecha indicada y explica su contenido en términos generales. No es un dictamen jurídico y no tiene en cuenta las circunstancias de tu caso, que pueden cambiar por completo la respuesta. Para un conflicto en curso, para los plazos de prescripción y antes de cualquier actuación judicial, acude a un abogado.