Apertura de huecos en pared no medianera - Art. 581
El dueño de una pared no medianera puede abrir huecos de 30 cm en cuadro con reja y red, pero el vecino puede cerrarlos si adquiere la medianería o edifica.
El dueño de una pared no medianera, contigua a finca ajena, puede abrir en ella ventanas o huecos para recibir luces a la altura de las carreras, o inmediatos a los techos, y de las dimensiones de 30 centímetros en cuadro, y, en todo caso, con reja de hierro remetida en la pared y con red de alambre. Sin embargo, el dueño de la finca o propiedad contigua a la pared en que estuvieren abiertos los huecos podrá cerrarlos si adquiere la medianería y no se hubiera pactado lo contrario. También podrá cubrirlos edificando en su terreno o levantando pared contigua a la que tenga dicho hueco o ventana.
Texto vigente a .
Fuente: Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (BOE) (boe.es), reproducido con licencia Reuse permitted including commercial, with attribution.
Qué dice, en palabras claras
Este artículo permite al dueño de una pared que no es medianera (es decir, que no está compartida con el vecino) abrir ventanas o huecos pequeños para recibir luz, siempre que estén a la altura de las carreras o inmediatos a los techos, midan como máximo 30 centímetros en cuadro, y tengan reja de hierro empotrada en la pared y red de alambre.
El dueño de la finca colindante puede cerrar esos huecos si adquiere la medianería de la pared y no hay pacto en contrario. También puede cubrirlos edificando en su terreno o levantando una pared contigua a la que tiene el hueco.
La norma limita el tamaño y las medidas de seguridad, y da al vecino un derecho a bloquear la entrada de luz si luego se convierte en copropietario de la pared.
Cuándo se aplica
- Un propietario abre una ventana de 30 cm en la pared de su casa que linda con el solar vacío del vecino, para que entre luz.
- El vecino, después de la apertura, compra la mitad de la pared y cierra la ventana.
- El vecino construye un muro justo enfrente del hueco para taparlo.
- El dueño de la pared quiere abrir un hueco mayor de 30 cm, pero no puede según este artículo.
- Un vecino abre un hueco sin reja ni red, y el propietario colindante exige que cumpla con los requisitos.
Qué no dice este artículo
- No se aplica a paredes que ya son medianeras (Art. 580).
- No permite ventanas con vistas rectas o balcones (Art. 582).
- No regula la distancia a la que se pueden plantar árboles cerca de la pared (Art. 591).
- No establece normas sobre la construcción de pozos o cloacas cerca de la pared (Art. 590).
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