Artículo 719 del Código Civil

Caducidad de testamentos militares – Art. 719

Los testamentos militares otorgados según el artículo 716 caducan cuatro meses después de que el testador deje de estar en campaña.

Texto oficial Artículo 719 del Código Civil — España

Los testamentos mencionados en el artículo 716 caducarán cuatro meses después que el testador haya dejado de estar en campaña.

Texto vigente a .

Fuente: Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (BOE) (boe.es), reproducido con licencia Reuse permitted including commercial, with attribution.

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Qué dice, en palabras claras

El artículo 719 del Código Civil establece que los testamentos especiales hechos por militares en campaña, voluntarios, rehenes, prisioneros y demás personas mencionadas en el artículo 716 caducan automáticamente transcurridos cuatro meses desde que el testador deje de estar en campaña.

El plazo comienza a correr en el momento en que cesa la situación de guerra activa para esa persona, por ejemplo, al ser evacuado del frente, al ser liberado si estaba prisionero, o al terminar su servicio en zona de combate. Una vez caducado, el testamento deja de tener efecto y no puede ser ejecutado.

Esta disposición no se aplica a testamentos ordinarios ni a aquellos otorgados en tiempo de paz. El artículo 718 exige que estos testamentos sean remitidos a la autoridad competente, pero la caducidad opera independientemente de que se haya cumplido ese trámite.

Cuándo se aplica

  • Un soldado redacta un testamento durante una batalla y luego es herido y evacuado a un hospital fuera de la zona de combate.
  • Un prisionero de guerra otorga testamento según el artículo 716 y es liberado al cabo de un mes.
  • Un voluntario en campaña hace testamento y, al finalizar la misión, regresa a su país de origen.
  • Un oficial que hizo testamento durante una ofensiva es destinado a un puesto administrativo en la retaguardia.

Qué no dice este artículo

  • No cubre la validez del testamento en sí, sino solo su caducidad por el paso del tiempo tras salir de campaña.
  • No se aplica a testamentos civiles ordinarios hechos por militares en tiempo de paz.
  • No establece qué ocurre si el testador fallece dentro del plazo de cuatro meses; en ese caso el testamento es válido.
  • No regula la obligación de remitir el testamento a la autoridad (artículo 718), aunque está relacionada.

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