Artículo 918 del Código Civil

Cómputo de grados en línea recta y colateral – Art. 918

Art. 918: grados de parentesco. Recta: generaciones menos una. Colateral: subir al tronco y bajar. Hermanos 2, tío 3, primo 4.

Texto oficial Artículo 918 del Código Civil — España

En las líneas se cuentan tantos grados como generaciones o como personas, descontando la del progenitor. En la recta se sube únicamente hasta el tronco. Así, el hijo dista del padre un grado, dos del abuelo y tres del bisabuelo. En la colateral se sube hasta el tronco común y después se baja hasta la persona con quien se hace la computación. Por esto, el hermano dista dos grados del hermano, tres del tío, hermano de su padre o madre, cuatro del primo hermano y así en adelante.

Texto vigente a .

Fuente: Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (BOE) (boe.es), reproducido con licencia Reuse permitted including commercial, with attribution.

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Qué dice, en palabras claras

El artículo 918 explica cómo contar los grados de parentesco. En la línea recta (ascendente o descendente), cada generación cuenta un grado, pero se descuenta la del progenitor. Así, un hijo está a un grado de su padre, a dos del abuelo y a tres del bisabuelo.

En la línea colateral, se sube hasta el tronco común (el ascendiente que tienen en común) y luego se baja hasta la persona con quien se compara. Por eso, dos hermanos están a dos grados (suben al padre y bajan al otro), un tío (hermano del padre) está a tres grados del sobrino, y los primos hermanos a cuatro grados.

Este cómputo sirve para determinar la proximidad del parentesco en materias como la sucesión intestada, las legítimas y otros derechos familiares. Se aplica junto con los artículos 915 sobre la proximidad por generaciones y 919 que extiende este cómputo a todas las materias.

Cuándo se aplica

  • Dos hermanos discuten cuál de ellos es más cercano a su abuelo fallecido: el nieto está a dos grados, el hermano del abuelo (tío) a tres.
  • Una persona quiere saber si su primo segundo está dentro del cuarto grado para heredar sin testamento.
  • Un juez necesita calcular los grados entre un sobrino y un tío para aplicar el artículo 921.
  • Al redactar un testamento se incluye una cláusula que deja bienes a parientes hasta el tercer grado; se usa el artículo 918 para determinar quiénes entran.

Qué no dice este artículo

  • Este artículo no determina quién hereda cuando hay representación (véanse artículos 924 a 927).
  • No establece el orden de sucesión intestada (artículos 912 y siguientes).
  • No define qué se considera línea directa o colateral (artículos 916 y 917).
  • No modifica el cómputo por doble vínculo (artículo 920) o por adopción.

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