Plazo para pedir la rescisión: Art. 1299
La acción para pedir la rescisión de un contrato caduca a los cuatro años. En tutela, discapacidad o ausencia, el plazo empieza al extinguirse dicha situación.
La acción para pedir la rescisión dura cuatro años. Para los menores sujetos a tutela, para las personas con discapacidad provistas de medidas de apoyo que establezcan facultades de representación y para los ausentes, los cuatro años no empezarán a computarse hasta que se extinga la tutela o la medida representativa de apoyo, o cese la situación de ausencia legal. Se modifica el segundo párrafo, con efectos de 3 de septiembre de 2021, por el art. 2.50 de la Ley 8/2021, de 2 de junio. Ref. BOE-A-2021-9233#as
Texto vigente a .
Fuente: Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (BOE) (boe.es), reproducido con licencia Reuse permitted including commercial, with attribution.
Qué dice, en palabras claras
Este precepto fija en cuatro años el plazo para ejercitar la acción de rescisión de los contratos válidamente celebrados en los supuestos previstos por la ley.
El cómputo de este plazo de cuatro años no siempre comienza con la firma del contrato. Cuando la medida afecta a menores bajo tutela, a personas con discapacidad provistas de medidas de apoyo representativas o a personas declaradas en ausencia legal, el tiempo no empieza a correr mientras se mantenga dicha situación.
Una vez que se extingue formalmente la tutela, la medida representativa de apoyo o la declaración de ausencia, se inicia el cómputo del plazo de cuatro años para solicitar la rescisión.
Cuándo se aplica
- Un acreedor pretende rescindir una venta realizada por su deudor en fraude de derechos y ejercita la acción dentro del plazo de cuatro años desde la enajenación.
- Un tutor aliena un bien perteneciente a un menor sujeto a tutela y este, al extinguirse la tutela, dispone de un plazo de cuatro años para pedir la rescisión del negocio.
- Una persona con discapacidad provista de apoyo representativo finaliza dicha medida y dispone de cuatro años a partir de ese momento para impugnar contratos perjudiciales.
Qué no dice este artículo
- La nulidad absoluta de un contrato por falta de elementos esenciales, la cual no se somete a este plazo de caducidad.
- La impugnación de contratos por vicios del consentimiento como error o dolo, cuya acción de nulidad tiene sus propias reglas de cómputo.
- Las reclamaciones por mero incumplimiento contractual o exigencia de indemnización, sujetas a plazos generales de prescripción.
Artículos relacionados
Esta es la ley. Resolvamos tu problema.
Cuenta qué está pasando. Un mediador neutral escucha tu versión y la de la otra parte, y os acompaña a un acuerdo escrito. En la configuración avanzada puedes pedir que la decisión se motive en el Código Civil español.
O bien abre directamente una sesión e invita a la otra parte.
Copiamos este texto de la fuente oficial y lo cotejamos con ella en cada carga de la página, pero no podemos garantizar que esté completo, actualizado ni libre de errores, y no asumimos responsabilidad alguna por su uso. Una modificación puede surtir efecto antes de que el texto consolidado la recoja. El texto del editor oficial está enlazado abajo; en caso de discrepancia, prevalece el oficial.
Esta página reproduce el texto del artículo 1299 del Código Civil vigente en la fecha indicada y explica su contenido en términos generales. No es un dictamen jurídico y no tiene en cuenta las circunstancias de tu caso, que pueden cambiar por completo la respuesta. Para un conflicto en curso, para los plazos de prescripción y antes de cualquier actuación judicial, acude a un abogado.