Donaciones nulas si no hay boda en un año (Art. 1342)
Las donaciones por razón de matrimonio caducan si la boda no se celebra en un año. Aplica a cualquier donante antes del matrimonio.
Quedarán sin efecto las donaciones por razón de matrimonio si no llegara a contraerse en el plazo de un año. Se modifica por el art. 3 de la Ley 11/1981, de 13 de mayo. Ref. BOE-A-1981-11198 .
Texto vigente a .
Fuente: Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (BOE) (boe.es), reproducido con licencia Reuse permitted including commercial, with attribution.
Qué dice, en palabras claras
El artículo 1342 del Código Civil establece que las donaciones por razón de matrimonio (definidas en el artículo 1336) quedarán sin efecto si el matrimonio no se contrae en el plazo de un año desde la donación.
Esta regla se aplica a cualquier persona que haga una donación, no solo a los futuros esposos. El artículo fue modificado por la Ley 11/1981 y su texto actual es el que se recoge arriba.
Cuándo se aplica
- Un padre dona dinero a su hija para la boda, pero la boda no se celebra en el año siguiente. La donación queda sin efecto.
- Una pareja recibe un piso donado por los padres del novio, pero la boda se cancela después de seis meses. La donación caduca.
- Un amigo dona joyas a la prometida, pero el matrimonio nunca se realiza. La donación se anula.
- Un tío dona un coche al sobrino con motivo de su futuro matrimonio, pero la boda se pospone más de un año. La donación se extingue.
- Los futuros esposos se donan mutuamente bienes presentes (art. 1341) pero no se casan en el año. Se aplica este artículo.
Qué no dice este artículo
- Que la donación por razón de matrimonio es irrevocable aunque no haya boda. El artículo la anula si transcurre un año sin matrimonio.
- Que solo se aplica a donaciones entre los futuros esposos. En realidad puede hacerla cualquier persona (art. 1336).
- Que el plazo de un año empieza a contar desde la fecha prevista de la boda. El artículo no fija ese origen; se entiende desde que se realiza la donación.
- Que si la boda se celebra después de un año la donación sigue siendo válida. El artículo exige que se contraiga dentro del año, no después.
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