Posesión de muebles dentro de inmueble: Art. 449
La posesión del inmueble (cosa raíz) implica la posesión de los muebles y objetos que se hallen dentro, salvo que se sepa o acredite su exclusión.
La posesión de una cosa raíz supone la de los muebles y objetos que se hallen dentro de ella, mientras no conste o se acredite que deben ser excluidos.
Texto vigente a .
Fuente: Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (BOE) (boe.es), reproducido con licencia Reuse permitted including commercial, with attribution.
Qué dice, en palabras claras
Este artículo establece una presunción legal: quien posee un inmueble (cosa raíz) se presume que también posee los muebles y objetos que se encuentran dentro de él. Es una presunción que admite prueba en contrario.
La presunción se destruye si consta (es decir, se sabe) o se acredita (se prueba) que esos objetos deben ser excluidos de la posesión del inmueble. Por ejemplo, si el poseedor del inmueble sabe que un mueble pertenece a otra persona, ese mueble no se considera poseído.
La posesión es un hecho, no un derecho de propiedad; esta presunción opera en el ámbito de la posesión, no de la titularidad.
Cuándo se aplica
- Alquilas una casa y el anterior inquilino dejó muebles en el garaje; se presume que posees esos muebles mientras no se sepa o acredite que deben excluirse.
- Compras un terreno con una caseta de herramientas; la posesión del terreno incluye la de la caseta y su contenido.
- Heredas una finca con un granero lleno de aperos agrícolas; al aceptar la herencia, se entiende que posees los aperos.
- Un vecino deja una bicicleta en tu jardín sin tu permiso; si sabes que no es tuya, la bicicleta queda excluida de tu posesión.
Qué no dice este artículo
- Este artículo no decide quién es el propietario de los objetos; solo regula la presunción de posesión.
- No se aplica a la posesión de derechos o bienes intangibles, solo a cosas muebles corporales.
- No significa que el poseedor del inmueble tenga derecho a retener los objetos; la posesión puede ser objeto de reclamación por el verdadero poseedor.
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