Derecho de paso para abrevar y sacar agua: Art. 556
Las servidumbres de saca de agua y abrevadero obligan a dar paso a personas y ganado hasta el punto de agua, e incluyen indemnización por este servicio.
Las servidumbres de saca de agua y de abrevadero llevan consigo la obligación en los predios sirvientes de dar paso a personas y ganados hasta el punto donde hayan de utilizarse aquéllas, debiendo ser extensiva a este servicio la indemnización.
Texto vigente a .
Fuente: Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (BOE) (boe.es), reproducido con licencia Reuse permitted including commercial, with attribution.
Qué dice, en palabras claras
Cuando una finca tiene reconocido un derecho de saca de agua (extracción de agua para uso doméstico o agrícola) o de abrevadero (llevar animales a beber) en una finca ajena, la ley otorga un derecho de paso accesorio. El dueño del terreno que soporta la carga (predio sirviente) está obligado a permitir el tránsito de personas y ganado hasta la fuente, pozo o pilón.
Este acceso no constituye un favor ni un paso independiente, sino un servicio inherente a la propia servidumbre de agua. Asimismo, la indemnización correspondiente debe incluir la compensación por los perjuicios o el desgaste que el paso continuo de personas y animales pueda causar en el terreno.
Cuándo se aplica
- Un ganadero necesita cruzar con su rebaño por la finca colindante para llevar a los animales a beber al pilón situado en esa propiedad.
- El propietario de una finca atraviesa a pie el terreno vecino para llenar recipientes de agua en un manantial.
- La reclamación de la indemnización que debe pagar el dueño del predio dominante por el uso del camino de acceso a la toma de agua.
Qué no dice este artículo
- La fijación de la anchura exacta del paso o el trazado menos perjudicial (regulado en los artículos 565 y 566).
- La imposición forzosa de la servidumbre por causa de utilidad pública (regulada en el artículo 555).
- La conducción de agua mediante tuberías, zanjas o acequias (regulada en el artículo 557 y siguientes).
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