Artículo 557 del Código Civil

Derecho de pasar agua por fincas intermedias, Art. 557

El propietario puede hacer pasar agua por predios intermedios, indemnizando a sus dueños y a los de predios inferiores afectados.

Texto oficial Artículo 557 del Código Civil — España

Todo el que quiera servirse del agua de que puede disponer para una finca suya, tiene derecho a hacerla pasar por los predios intermedios, con obligación de indemnizar a sus dueños, como también a los de los predios inferiores sobre los que se filtren o caigan las aguas.

Texto vigente a .

Fuente: Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (BOE) (boe.es), reproducido con licencia Reuse permitted including commercial, with attribution.

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Qué dice, en palabras claras

Este artículo permite al propietario de una finca que quiera usar agua (por ejemplo, para riego) hacerla pasar por los terrenos que se encuentren entre su finca y la fuente de agua. Tiene derecho a atravesar esos predios, pero debe indemnizar a sus dueños. También debe indemnizar a los dueños de los predios inferiores sobre los que el agua se filtre o caiga. La indemnización cubre los daños causados por el paso y la posible filtración o caída del agua.

Cuándo se aplica

  • Un agricultor necesita llevar agua de un río a su campo, pero dos fincas privadas separan su campo del río.
  • El dueño de una finca quiere construir un canal para desviar agua de lluvia hacia un terreno vecino.
  • Una comunidad de regantes necesita pasar agua por una propiedad ajena para regar sus parcelas.
  • El propietario de una finca superior quiere drenar el exceso de agua a través de la finca inferior.
  • El titular de una concesión de aguas necesita atravesar un predio vecino para instalar una tubería de riego.

Qué no dice este artículo

  • No cubre el derecho a tomar agua de un pozo ajeno sin permiso.
  • No se aplica al paso de personas o vehículos.
  • No establece el importe concreto de la indemnización, solo la obligación de pagarla.
  • No regula el uso de agua para consumo doméstico si no requiere cruzar fincas.

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