No afecta a legados de cosa específica – Art. 845
El art. 845 CC establece que la opción de pago en metálico de la porción hereditaria (arts. 840-844) no afecta a los legados de cosa específica.
La opción de que tratan los artículos anteriores no afectará a los legados de cosa específica. Se modifica por el art. 4 de la Ley 11/1981, de 13 de mayo. Ref. BOE-A-1981-11198 .
Texto vigente a .
Fuente: Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (BOE) (boe.es), reproducido con licencia Reuse permitted including commercial, with attribution.
Qué dice, en palabras claras
El artículo 845 aclara que la facultad de pagar en metálico la porción hereditaria de los hijos o descendientes (regulada en los artículos 840 a 844) no se extiende a los legados de cosas determinadas. Si el testador ha legado un objeto concreto, ese legado se entrega tal cual, sin que pueda ser sustituido por dinero. La opción de pago en metálico solo afecta a las cuotas hereditarias, no a los legados específicos.
La disposición fue modificada por la Ley 11/1981, de 13 de mayo, y su texto actual es el que se reproduce arriba. El artículo 846 complementa esta regla, indicando que tampoco afecta a las disposiciones particionales del testador sobre cosas determinadas.
Cuándo se aplica
- Un testador lega su colección de sellos a un amigo y a sus hijos les asigna el resto de la herencia en metálico; el artículo 845 asegura que el legado de la colección no se ve afectado por la opción de pagar en metálico.
- En una herencia se lega un coche clásico a una persona; aunque los herederos forzosos acuerden recibir dinero en lugar de bienes, el legado del coche permanece como tal.
- El testador lega un cuadro a un sobrino; el contador-partidor quiere pagar en metálico a todos los herederos, pero no puede incluir el cuadro en esa opción.
- Un legado de una finca específica se mantiene independiente, incluso si el heredero universal opta por pagar en dinero a los demás herederos.
Qué no dice este artículo
- No permite que el legatario de cosa específica exija su entrega en metálico; el artículo solo protege al legado, no da derecho a convertirlo.
- No regula si el legado de cosa específica puede ser sustituido por otro bien; eso depende del testamento o de la voluntad del testador.
- No se aplica a legados de dinero o de bienes genéricos (por ejemplo, 'mil euros' o 'un coche sin determinar').
- No afecta a la partición de la herencia entre herederos forzosos; se limita a los legados específicos.
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