Artículo 575 del Código Civil

Pagan la pared medianera todos los dueños | Art. 575

La reparación de paredes, vallados, setos y zanjas medianeros se costea por todos los dueños proporcionalmente. Cabe renunciar salvo si sostiene su edificio.

Texto oficial Artículo 575 del Código Civil — España

La reparación y construcción de las paredes medianeras y el mantenimiento de los vallados, setos vivos, zanjas y acequias, también medianeros, se costeará por todos los dueños de las fincas que tengan a su favor la medianería, en proporción al derecho de cada uno. Sin embargo, todo propietario puede dispensarse de contribuir a esta carga renunciando a la medianería, salvo el caso en que la pared medianera sostenga un edificio suyo.

Texto vigente a .

Fuente: Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (BOE) (boe.es), reproducido con licencia Reuse permitted including commercial, with attribution.

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Qué dice, en palabras claras

Este es el artículo del dinero en materia de medianería. La reparación y construcción de las paredes medianeras y el mantenimiento de vallados, setos vivos, zanjas y acequias también medianeros se costean por todos los dueños de las fincas que tengan a su favor la medianería, y no a partes iguales sin más, sino "en proporción al derecho de cada uno". Nótese la lista: no habla solo de muros de obra, sino también del seto vivo y de la zanja, elementos que en el campo generan tantas discusiones como una tapia.

La segunda frase contiene la salida que casi nadie conoce: todo propietario puede dispensarse de contribuir renunciando a la medianería. Es una decisión con precio, porque quien renuncia deja de tener derechos sobre la pared, y no una manera de esquivar la factura conservando el beneficio. Y tiene una excepción expresa que anula la maniobra en el caso más frecuente: no cabe renunciar cuando la pared medianera sostiene un edificio propio. Quien tiene su casa apoyada en ese muro paga, quiera o no.

Antes de aplicar este artículo hay que resolver una cuestión previa: si el elemento es medianero. Esa pregunta se responde con el artículo 572, que presume la medianería salvo título, signo exterior o prueba en contrario. Cuánto corresponde a cada uno y si una obra concreta es reparación o mejora son cuestiones que suelen requerir informe técnico y asesoramiento jurídico.

Cuándo se aplica

  • El muro entre dos parcelas se ha agrietado y hay que rehacerlo: se discute el reparto del coste.
  • Un vecino ha reparado la tapia por su cuenta y reclama al otro la mitad de la factura.
  • El seto vivo o la zanja que separa dos fincas rústicas necesita mantenimiento periódico y solo uno lo hace.
  • Un propietario quiere renunciar a la medianería para no pagar unas obras costosas.
  • La pared medianera sostiene el edificio de uno de los dos vecinos y este pretende no contribuir.

Qué no dice este artículo

  • No reparte a partes iguales por defecto: el criterio del texto es "en proporción al derecho de cada uno", que no siempre es la mitad.
  • No permite renunciar a la medianería cuando la pared sostiene un edificio propio. La excepción está escrita en el propio artículo.
  • No cubre las obras de mejora o elevación que uno de los vecinos decide por su cuenta: el artículo habla de reparación, construcción y mantenimiento.
  • No se aplica hasta saber si el elemento es medianero. Si la pared es privativa de uno, el coste es suyo y la discusión se resuelve con los artículos 572 y siguientes.

Casos de ejemplo

Situaciones inventadas, escritas para mostrar cómo opera la norma. No son casos reales, ni sentencias, ni precedentes: no dicen cómo acabaría el tuyo.

Ejemplo ilustrativo

Una tapia medianera amenazaba con caerse y uno de los vecinos la rehízo por su cuenta un fin de semana. Terminada la obra, pasa al otro la mitad de una factura que incluye también un remate cerámico decorativo que eligió él.

Cómo se aplica la norma

El artículo 575 obliga a costear la reparación y construcción de las paredes medianeras «en proporción al derecho de cada uno», que no siempre es la mitad, y solo si el elemento es medianero. Dos hechos deciden: que lo ejecutado fuese reparación o reconstrucción necesaria y no una mejora elegida por uno, y que el otro fuese avisado y pudiera opinar antes. El artículo no dice que quien actúa por su cuenta pueda pasar después cualquier factura.

Cómo se acordaron las partes

Acuerdan que quien ejecutó la obra aporta el presupuesto y las facturas, que se descuenta la partida del remate cerámico por ser elección suya, y que el resto se abona a medias en dos plazos.

Ejemplo ilustrativo

Un propietario recibe la petición de contribuir al mantenimiento de un vallado medianero que no usa nunca, porque su finca es un descampado sin construir. Contesta que renuncia a la medianería para no pagar.

Cómo se aplica la norma

El artículo 575 admite expresamente esa salida: todo propietario puede dispensarse de contribuir renunciando a la medianería. Pero contiene una excepción escrita en el mismo párrafo, y es el hecho que decide: la renuncia no cabe cuando la pared medianera sostiene un edificio suyo. Además, renunciar no es una fórmula para ahorrarse una factura, porque supone perder el derecho sobre el elemento con todo lo que ello implica hacia el futuro.

Cómo se acordaron las partes

Acuerdan formalizar la renuncia por escrito respecto del tramo de vallado que no sostiene nada, quedando ese tramo a cargo y disposición del otro vecino, y mantener la contribución a medias en el tramo donde el muro sostiene la caseta de aperos.

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