Ejemplo ilustrativo
Un inquilino lleva cuatro meses sin pagar la renta y no responde a los mensajes. El propietario, que necesita el piso, piensa en cambiar la cerradura un día que el inquilino esté fuera y cortar el suministro de agua.
El artículo 1569 enumera las causas, pero la palabra que decide está antes de la lista: el arrendador podrá desahuciar «judicialmente». El hecho relevante no es cuántas mensualidades se deben, porque basta la falta de pago del número 2.ª, sino por qué vía se recupera el inmueble: cambiar la cerradura o cortar suministros es una vía de hecho que el inquilino puede combatir con el artículo 446, y suele volverse contra quien la emplea.
Acuerdan una salida pactada en una fecha cierta con entrega de llaves, la condonación de una parte de la deuda si se cumple ese día, y el reconocimiento del resto en un documento con calendario de pago.